En España, el salario o sueldo se compone de varios elementos:
- El salario base, que debe ser al menos igual al del Salario Mínimo Interprofesional
- Los complementos salariales: ya sean derivados de las condiciones del puesto de trabajo, como penosidad, toxicidad, peligrosidad, turnos, trabajo nocturno, o por otro tipo de Primas a la producción: por calidad o cantidad de trabajo, manutención, alojamiento y residencia en provincias insulares y Ceuta y Melilla.
- Las pagas extraordinarias
El pago del salario: debe efectuarse por periódos no superiores al mes. El empresario debe entregar al trabajador un recibo del salario (nómina), en el que se indiquen con claridad identificación de la empresa y trabajador, salario, deducciones (incluye la aportación del trabajador a las cuotas de Seguridad Social y retención del IRPF).
El empresario es el responsable del ingreso de la totalidad de las cotizaciones, por lo tanto, efectúa la correspondiente retención del impuesto de la renta (IRPF) y las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan legalmente.
La retención en IRPF depende de las retribuciones, de las circunstancias personales y familiares (hijos y personas dependientes del trabajador). Es obligación del trabajador de comunicar y acreditar al empresario los datos precisos para que este pueda practicar la correspondiente retención. Cuando se trate de contratos temporales de duración inferior a un año el tipo de retención es del 2%.
Las cotizaciones a la Seguridad Social por parte de los trabajadores son del 6.35%.
-- Publicidad --